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Special Category for Students

Costa RicaStudy

Explore the five recorded questions, answers and sources for this pathway.

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What education or training is this pathway designed for?

The ordinary student category covers undertaking or extending studies in a public or private educational centre recognised by the Ministry of Public Education. It is distinct from the 2025 invited short-stay procedure and from the temporary-resident professional internship.

See recorded sources
  • Law 8764, Article 102
    ARTÍCULO 102.- Las personas extranjeras que deseen ingresar a Costa Rica con el único fin de cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación no remunerados, en centros de enseñanza, públicos o privados, reconocidos por el MEP, deberán solicitar la autorización ante el agente de migración en el país de origen o residencia, en un tercer país o ante las sedes nacionales de la Dirección General de Migración y Extranjería.
  • Decree 37112, Article 124
    Artículo 124.- La Dirección General mediante la Gestión de Extranjería otorgará autorización para estudiantes, investigadores, docentes y voluntarios, por un periodo de un año prorrogable; a aquellas personas extranjeras que cumplan con los siguientes requisitos: a) Formulario de filiación debidamente completo con letra imprenta legible y firmado. b) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. d) Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, para personas mayores de 12 años. f) Comprobante de inscripción consular. Los requisitos para dicha inscripción serán determinados en el Consulado correspondiente. g) Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada. h) Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera de su país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Para esos efectos deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado. i) Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente de la persona extranjera, la cual deberá certificarse ya sea confrontadas con el original ante funcionario de la plataforma de servicios o sede regional, o mediante Notario Público. j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido. k) En el caso de docentes e investigadores presentar oferta de trabajo en la que se indiquen las funciones, horario, salario a devengar, firmada por la persona empleadora, descripción del proyecto de investigación debidamente autenticada. l) En el caso de los voluntarios deberán presentar certificación emitida por la institución a cargo del programa de voluntariado y firmada por el representante legal, donde se describe detalladamente el proyecto de voluntariado y se indique las labores que realizará la persona extranjera, el plazo de permanencia en el país y el detalle de su financiamiento. m) En el caso de los estudiantes demostrar la solvencia económica mediante certificación emitida por contador público autorizado indicando su procedencia. Si es estudiante becado, debe aportar certificación de la institución que brinda la beca indicando el monto, el plazo y los gastos que comprende.
  • Law 10645 Article 3, new short-stay procedure distinct from ordinary programme
    ARTÍCULO 3- Adiciónense los siguientes párrafos al artículo 105 de la Ley 8764, Ley General de Migración y Extranjería, del 19 de agosto de 2009. El texto es el siguiente: Artículo 105(…) Para la solicitud de la categoría especial de personas estudiantes, docentes, pasantes, investigadoras y voluntarios con fines educativos y culturales invitados para que realicen actividades de corta estadía, reconocidas en el inciso 4) del artículo 93 de la presente ley, aquellas universidades e instituciones educativas que estén inscritas ante ventanilla educativa en la Dirección General de Migración y Extranjería y cuenten ya con su código, podrán emitir un listado con fe pública, ante la Dirección General de Migración y Extranjería de los estudiantes, docentes, investigadores o voluntarios de corta estadía y el periodo de su ingreso y estadía. Dicha constancia con fe pública se acompañará para cada solicitante de: i. Documento de identidad. ii. Prueba de solvencia, pidiéndole a los interesados o institución de origen una declaración jurada de solvencia económica, sin que deban presentar estados bancarios auditados como se les solicita actualmente. iii. Constancia de estudiante que demuestre que efectivamente ingresa al país con fines de aprendizaje académico o intercultural. iv. El convenio con la institución de origen o remitente cuando aplique. En cuanto al plazo de vigencia de la categoría especial de personas estudiantes, docentes, investigadoras y voluntarios con fines educativos y culturales invitados para que realicen actividades de corta estadía será de 140 días, prorrogables por un periodo igual o uno que no exceda los 280 días adicionales, siempre que resulte razonable y proporcional de comprobar ante la Dirección General de Migración y Extranjería por parte de la institución educativa que extiende la invitación al visitante y que el plazo solicitado corresponda a los períodos dentro de los cuales desarrollarán las actividades de aprendizaje, enseñanza, investigación o voluntariado de corta estadía. Una vez presentada la gestión de solicitud, la Dirección General de Migración y Extranjería tendrá un plazo de treinta días hábiles para resolver el trámite e informar a los interesados. Rige a partir de su publicación.

What type of institution/course must accept or enrol the applicant?

A recognised educational institution must certify that the applicant is its student, with the certificate signed by its legal representative or director. The statute permits public or private centres recognised by MEP; a generic tourist booking is not enrolment evidence.

See recorded sources
  • Law 8764, Article 102
    ARTÍCULO 102.- Las personas extranjeras que deseen ingresar a Costa Rica con el único fin de cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación no remunerados, en centros de enseñanza, públicos o privados, reconocidos por el MEP, deberán solicitar la autorización ante el agente de migración en el país de origen o residencia, en un tercer país o ante las sedes nacionales de la Dirección General de Migración y Extranjería.
  • Decree 37112, Article 124
    j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido.

What are the most important financial or study-related conditions: tuition, funds, insurance, full-time study, attendance or equivalent?

Financial solvency is demonstrated by a Costa Rican authorised public accountant certificate identifying the source of funds. A scholarship holder provides the awarding institution certificate stating amount, duration and covered expenses. The official provisions do not fix a universal tuition price, maintenance sum or full-time-hours threshold. Students are expressly exempt from the regulatory CCSS-enrolment requirement, which does not establish the terms of any institution-required private policy.

See recorded sources
Limits of the record
  • No universal tuition or maintenance amount, attendance-hours threshold or private-policy benefits established.
  • Decree 37112, Article 124
    m) En el caso de los estudiantes demostrar la solvencia económica mediante certificación emitida por contador público autorizado indicando su procedencia. Si es estudiante becado, debe aportar certificación de la institución que brinda la beca indicando el monto, el plazo y los gastos que comprende.
  • Decree 37112, Article 35
    Artículo 35.- Se exceptúan del requisito del aseguramiento a los pasantes contemplados en el inciso 5 del artículo 79 de la Ley, así como del artículo 94 de la Ley a los visitantes de negocios, personal de transferencia dentro de una misma empresa y personal adscrito a servicios posteriores a la venta del inciso 3), los estudiantes y los voluntarios comprendidos en el inciso 4), así como las subcategorías contempladas en los incisos 5, 6 y 10 de dicho artículo, a saber, invitados especiales del Estado, sus instituciones y los que por razones de seguridad pública el Ministerio de Seguridad estime su pertinencia, denunciantes o testigos en procesos judiciales o administrativos; Artistas, deportistas e integrantes de espectáculos públicos, profesionales o técnicos destacados o personas invitados para que realicen actividades de importancia para el país y las víctimas de trata.

Can the student work? Under what major restrictions? What is the family position where clearly stated?

Paid or profit-making work is prohibited unless DGME exceptionally authorises a justified case by reasoned decision. A parent, spouse, minor child or adult child with a disability may seek the separately documented dependant category. An authorised dependant parent or spouse needs prior permission to work or study; paid activity requires the Labour Ministry shortage assessment and the stated category-change payment.

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  • Law 8764, Article 103
    ARTÍCULO 103.- La Dirección General podrá otorgar la autorización de permanencia respectiva, al estudiante extranjero que cumpla los requisitos establecidos para los estudiantes por el Reglamento de la presente Ley. Asimismo, a solicitud de parte, podrá autorizarse el ingreso de su núcleo familiar, cuyos miembros solo podrán dedicarse a actividades remuneradas y académicas, previa autorización de la Dirección General y el pago migratorio correspondiente.
  • Law 8764, Article 104
    ARTÍCULO 104.- ______________________________________________________________________ LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr _________________________________________________________________________ Los estudiantes extranjeros no podrán realizar actividades remuneradas ni lucrativas; tampoco podrán participar en ellas, salvo los casos justificados en que la Dirección General así lo autorice.
  • Decree 37112, Article 126
    Artículo 126.- De tratarse de persona dependiente de estudiante, entiéndase padre, madre, cónyuge, hijos menores de edad o mayores con discapacidad, de la persona extranjera que solicita permanencia como estudiante, deberá presentar los siguientes requisitos: a) Formulario de filiación debidamente completo con letra imprenta legible y firmado. b) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. d) Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. e) Comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, para personas mayores de 12 años. f) Comprobante de inscripción consular. Los requisitos para dicha inscripción serán determinados en el Consulado correspondiente. g) Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada. h) Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera de su país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Para esos efectos deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr i) Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente de la persona extranjera, la cual deberá certificarse ya sea confrontadas con el original ante funcionario de la plataforma de servicios o sede regional, o mediante Notario Público. j) En el caso de tratarse de los dependientes además de aportar los requisitos indicados en los incisos a) hasta la i), el cónyuge para demostrar su vínculo deberá presentar la certificación de matrimonio debidamente legalizada o apostillada, la solicitud de los hijos menores deberá realizarla sus padres, y en el caso de los hijos mayores con discapacidad, deberá demostrarla, mediante dictamen médico, y en aquellos casos en que corresponda la certificación de la curatela emitida por el juez. k) Demostración de la solvencia económica con que cuenta para subsistir en el país, mediante la presentación de declaración jurada, o certificación de contador público autorizado.
  • Decree 37112, Article 127
    Artículo 127.- La persona miembro del núcleo familiar del estudiante, entendiéndose como tal: el padre, madre o cónyuge, al cual se les haya autorizado la categoría especial como dependiente, que este interesado en realizar labores remuneradas y académicas, deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. b) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. c) Para el caso de actividades remuneradas, se deberá solicitar el respectivo informe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, indicando si hay inopia en el área en la cual pretenden desarrollar actividades laborales o académicas. d) Comprobante de pago a favor del Gobierno por doscientos dólares (US$200,00) o su equivalente en colones al tipo de cambio de referencia del Banco Central, correspondiente a la solicitud de cambio de categoría. Este comprobante debe realizarse a nombre de la persona extranjera solicitante. El estudiante extranjero no podrá realizar actividades remuneradas y lucrativas, así como tampoco participar en ellas, la Dirección General podrá ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr autorizar excepcionalmente y mediante resolución fundada, aquel caso que por su particularidad así lo requiera. INVITADOS ESPECIALES DEL ESTADO, SUS INSTITUCIONES Y LOS QUE POR RAZONES DE SEGURIDAD PÚBLICA EL MINISTERIO DE SEGURIDAD ESTIME PERTINENTE ASÍ COMO DENUNCIANTES O TESTIGOS EN PROCESOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS

How long does the status last, how is it renewed, and what officially documented post-study work or residence possibilities exist?

The ordinary regulation grants one year, renewable annually on uninterrupted study certification, within the statutory maximum of the course duration. The law permits grants up to two years and equal extensions, but a two-year initial decision is not guaranteed. DGME may authorise required social service or professional practice, unpaid or paid. There is no automatic post-study work permit or permanent residence; a category change requires meeting the destination conditions.

See recorded sources
  • Decree 37112, Article 124
    Artículo 124.- La Dirección General mediante la Gestión de Extranjería otorgará autorización para estudiantes, investigadores, docentes y voluntarios, por un periodo de un año prorrogable; a aquellas personas extranjeras que cumplan con los siguientes requisitos: a) Formulario de filiación debidamente completo con letra imprenta legible y firmado. b) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. d) Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, para personas mayores de 12 años. f) Comprobante de inscripción consular. Los requisitos para dicha inscripción serán determinados en el Consulado correspondiente. g) Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada. h) Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera de su país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Para esos efectos deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado. i) Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente de la persona extranjera, la cual deberá certificarse ya sea confrontadas con el original ante funcionario de la plataforma de servicios o sede regional, o mediante Notario Público. j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido. k) En el caso de docentes e investigadores presentar oferta de trabajo en la que se indiquen las funciones, horario, salario a devengar, firmada por la persona empleadora, descripción del proyecto de investigación debidamente autenticada. l) En el caso de los voluntarios deberán presentar certificación emitida por la institución a cargo del programa de voluntariado y firmada por el representante legal, donde se describe detalladamente el proyecto de voluntariado y se indique las labores que realizará la persona extranjera, el plazo de permanencia en el país y el detalle de su financiamiento. m) En el caso de los estudiantes demostrar la solvencia económica mediante certificación emitida por contador público autorizado indicando su procedencia. Si es estudiante becado, debe aportar certificación de la institución que brinda la beca indicando el monto, el plazo y los gastos que comprende.
  • Decree 37112, Article 234
    Artículo 234.- La persona extranjera a la cual se le aprobó la categoría especial como estudiante, docente, investigador o voluntario, así como a los dependientes de estudiante, deberán renovar anualmente esta condición, debiendo aportar: a) Certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el Director, donde se indique que la persona extranjera sigue siendo estudiante, docente o investigador del centro educativo y no haya sido interrumpida su relación. b) Certificación emitida por la institución a cargo del programa de voluntariado y firmada por el representante legal, donde se indique que la persona extranjera continúa y no ha dejado en ningún momento la labor de voluntariado en el país. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno correspondiente al artículo 251 de la Ley. d) Comprobante de pago a favor del Gobierno por treinta dólares (US$30,00) o su equivalente en colones al tipo de cambio de referencia del Banco Central, por la emisión del documento que acredite la permanencia legal, según lo dispuesto en el artículo 253 de la Ley. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Comprobante de pago anual a favor del Gobierno por veinticinco dólares (US$25,00) el cual será destinado al Fondo Social de Migración según lo dispuesto en el artículo 33 inciso 4) de la Ley. f) Comprobante de pago a favor del Gobierno por cinco dólares (US$5,00) el cual será destinado al Fondo Social de Migración, según lo dispuesto en el artículo 33 inciso 4) de la Ley. g) En el caso de docentes e investigadores, comprobante vigente de aplicación a los seguros de la CCSS, demostrando su adscripción ininterrumpida desde el momento de la aprobación de la permanencia legal en el país. h) Pasaporte vigente y en buen estado de la persona extranjera. INVITADOS ESPECIALES DEL ESTADO, SUS INSTITUCIONES Y LOS QUE POR RAZONES DE SEGURIDAD PÚBLICA EL MINISTERIO DE SEGURIDAD ESTIME PERTINENTE ASI COMO DENUNCIANTES O TESTIGOS EN PROCESOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS
  • Law 8764, Article 105
    ARTÍCULO 105.- A los estudiantes y voluntarios extranjeros se les otorgará autorización de permanencia en el país hasta por dos años; podrán prorrogarla por períodos iguales, siempre que acrediten la continuación de sus estudios o del programa de voluntariado en forma regular, hasta por un máximo que no exceda el plazo total de la carrera o el programa. Tendrán la obligación de abandonar el país una vez finalizado dicho término. En los casos en que la carrera universitaria exija servicio social o práctica profesional, la Dirección podrá autorizar la permanencia para cumplir dichas actividades en forma gratuita o remunerada. SECCIÓN V REFUGIADOS, ASILADOS Y APÁTRIDAS
  • Law 8764, Article 95
    ARTÍCULO 95.- Las categorías especiales no generarán derechos de permanencia definitiva, salvo las de asilados y apátridas, que se regirán por los instrumentos internacionales suscritos, ratificados y vigentes en Costa Rica.
  • Law 8764, Article 96
    ARTÍCULO 96.- ______________________________________________________________________ LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr _________________________________________________________________________ Las personas extranjeras admitidas bajo las categorías especiales podrán cambiar de categoría mientras estén en el país, siempre y cuando cumplan los requisitos prefijados por estas. Para ello, deberán cancelar un monto equivalente a doscientos dólares moneda de los Estados Unidos de América (US$200,00). SECCIÓN I PERSONAS TRABAJADORAS TRANSFRONTERIZAS

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