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Special Category for Researchers

Costa RicaTalent and merit

Explore the five recorded questions, answers and sources for this pathway.

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Which exceptional-talent, academic, scientific, artistic, technological, cultural or other profiles does the pathway target?

This is the special educational category for researchers at a recognised educational centre, not a points-based exceptional-talent programme or the separate temporary residence for scientists and professionals. Law Article 102 specifically covers unpaid research; the regulation also requires a job offer for its teacher/researcher applications.

See recorded sources
  • Decree 37112, Article 124
    Artículo 124.- La Dirección General mediante la Gestión de Extranjería otorgará autorización para estudiantes, investigadores, docentes y voluntarios, por un periodo de un año prorrogable; a aquellas personas extranjeras que cumplan con los siguientes requisitos: a) Formulario de filiación debidamente completo con letra imprenta legible y firmado. b) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. d) Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, para personas mayores de 12 años. f) Comprobante de inscripción consular. Los requisitos para dicha inscripción serán determinados en el Consulado correspondiente. g) Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada. h) Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera de su país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Para esos efectos deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado. i) Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente de la persona extranjera, la cual deberá certificarse ya sea confrontadas con el original ante funcionario de la plataforma de servicios o sede regional, o mediante Notario Público. j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido. k) En el caso de docentes e investigadores presentar oferta de trabajo en la que se indiquen las funciones, horario, salario a devengar, firmada por la persona empleadora, descripción del proyecto de investigación debidamente autenticada. l) En el caso de los voluntarios deberán presentar certificación emitida por la institución a cargo del programa de voluntariado y firmada por el representante legal, donde se describe detalladamente el proyecto de voluntariado y se indique las labores que realizará la persona extranjera, el plazo de permanencia en el país y el detalle de su financiamiento. m) En el caso de los estudiantes demostrar la solvencia económica mediante certificación emitida por contador público autorizado indicando su procedencia. Si es estudiante becado, debe aportar certificación de la institución que brinda la beca indicando el monto, el plazo y los gastos que comprende.
  • Law 8764, Article 94
    ARTÍCULO 94.- Serán categorías especiales, entre otras, las siguientes: 1) Trabajadores transfronterizos. ______________________________________________________________________ LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr _________________________________________________________________________ 2) Trabajadores temporales. 3) Trabajadores de ocupación específica, visitantes de negocios, personal de transferencia dentro de una misma empresa y personal adscrito a los servicios posteriores a la venta, así como trabajadores por cuenta propia. 4) Estudiantes, investigadores, docentes y voluntarios. 5) Invitados especiales del Estado, sus instituciones y los que por razones de seguridad pública el Ministerio de Seguridad estime su pertinencia, así como denunciantes o testigos en procesos judiciales o administrativos. 6) Artistas, deportistas e integrantes de espectáculos públicos, profesionales o técnicos destacados o personas invitadas para que realicen actividades de importancia para el país. 7) Refugiados. 8) Asilados. 9) Apátridas. 10) Víctima de trata de personas. 11) Trabajadores ligados a proyectos específicos y proyectos de interés público. 12) Los demás que la Dirección General de Migración y Extranjería estime conveniente por razones humanitarias, de conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como los determinados en el Reglamento de la presente Ley.
  • Law 8764, Article 102
    ARTÍCULO 102.- Las personas extranjeras que deseen ingresar a Costa Rica con el único fin de cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación no remunerados, en centros de enseñanza, públicos o privados, reconocidos por el MEP, deberán solicitar la autorización ante el agente de migración en el país de origen o residencia, en un tercer país o ante las sedes nacionales de la Dirección General de Migración y Extranjería.

What achievements, recognition, awards, publications, reputation or other evidence establishes the required level?

The educational institution certifies the applicant's role through its legal representative or director. The checklist requires the documented educational or research placement and does not set a universal award, publication-count or reputation threshold.

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  • Decree 37112, Article 124
    j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido.
  • Decree 37112, Article 124
    k) En el caso de docentes e investigadores presentar oferta de trabajo en la que se indiquen las funciones, horario, salario a devengar, firmada por la persona empleadora, descripción del proyecto de investigación debidamente autenticada.

Is an employer, nominator, recognised body, peer group or government endorsement required?

The applicant must provide an employer-signed job offer stating duties, hours and salary, together with the authenticated research-project description required by the teacher/researcher clause. This employer and institution evidence is not replaced by self-nomination.

See recorded sources
  • Decree 37112, Article 124
    j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido.
  • Decree 37112, Article 124
    k) En el caso de docentes e investigadores presentar oferta de trabajo en la que se indiquen las funciones, horario, salario a devengar, firmada por la persona empleadora, descripción del proyecto de investigación debidamente autenticada.

Can the holder change employer, work independently, establish a business or conduct other professional activity? What is the family position?

The permission covers the specified educational or research assignment and does not establish unrestricted employer changes, independent practice or unrelated business. A spouse and minor or disabled child may seek the separate family-link category for researchers and teachers under its institutional and documentary conditions.

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Limits of the record
  • CR-D-20260913-16: obtain explicit rules for changing educational employer or undertaking unrelated paid activity.
  • Decree 37112, Article 124
    Artículo 124.- La Dirección General mediante la Gestión de Extranjería otorgará autorización para estudiantes, investigadores, docentes y voluntarios, por un periodo de un año prorrogable; a aquellas personas extranjeras que cumplan con los siguientes requisitos: a) Formulario de filiación debidamente completo con letra imprenta legible y firmado. b) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. d) Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, para personas mayores de 12 años. f) Comprobante de inscripción consular. Los requisitos para dicha inscripción serán determinados en el Consulado correspondiente. g) Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada. h) Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera de su país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Para esos efectos deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado. i) Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente de la persona extranjera, la cual deberá certificarse ya sea confrontadas con el original ante funcionario de la plataforma de servicios o sede regional, o mediante Notario Público. j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido. k) En el caso de docentes e investigadores presentar oferta de trabajo en la que se indiquen las funciones, horario, salario a devengar, firmada por la persona empleadora, descripción del proyecto de investigación debidamente autenticada. l) En el caso de los voluntarios deberán presentar certificación emitida por la institución a cargo del programa de voluntariado y firmada por el representante legal, donde se describe detalladamente el proyecto de voluntariado y se indique las labores que realizará la persona extranjera, el plazo de permanencia en el país y el detalle de su financiamiento. m) En el caso de los estudiantes demostrar la solvencia económica mediante certificación emitida por contador público autorizado indicando su procedencia. Si es estudiante becado, debe aportar certificación de la institución que brinda la beca indicando el monto, el plazo y los gastos que comprende.
  • Decree 37112, Article 137
    Artículo 137.- La Dirección General de Migración y Extranjería, con el objeto de establecer la facilitación necesaria de procesos de regularización de las personas extranjeras que se encuentran en el territorio nacional, con ingreso autorizado y permanencia vigente, otorgará categoría especial en los siguientes supuestos: a) Categoría especial por vínculo con ciudadano costarricense: entiéndase, los hijos(as) mayores de edad hasta veinticinco años, los hermanos(as) solteros mayores de edad hasta veinticinco años con relación de dependencia económica. b) Categoría especial por vínculo con residente permanente: Entiéndase el cónyuge o unión de hecho (condición dictada por un juez), los padres, las madres, los hijos e hijas menores de edad y mayores de edad hasta veinticinco años, estos últimos en condición de dependencia económica. c) Categoría especial por vínculo con residente temporal: padres o madres dependientes económicamente, e hijos(as) mayores de edad hasta veinticinco años, en ambos casos, dependientes económicamente. d) Categoría especial por vínculo con tutor o curador: Se otorgará a la persona menor de edad o mayor con discapacidad, cuyo tutor o curador ostente la condición de residente permanente, temporal, o bien sea costarricense. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Categoría especial por vínculo con investigador, docente, profesional y voluntario, entiéndase el cónyuge e hijos o hijas menores de edad o mayores con discapacidad dependientes económicamente, categorías contempladas en el artículo 94 incisos 4 y 6 de la Ley y cuya institución se encuentre dentro del registro de instituciones educativas registradas ante la Dirección General. f) Categoría especial a los hijos e hijas de los agentes diplomáticos, funcionarios consulares, funcionarios, representantes y delegados de misiones permanentes o de delegaciones ante las organizaciones internacionales acreditados en Costa Rica, que por alcanzar la edad de 25 años quedan excluidos del núcleo familiar primario y por ende, dejan de estar cubiertos por el estatus otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. g) Categoría especial a la persona menor de edad que se encuentre bajo la representación legal del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), entendiéndose como tal a la persona menor de edad que está ubicada en una alternativa de protección ya sea pública o privada, institucional o familiar, declarada o no judicialmente en estado de abandono; y que no pueda optar por otra categoría migratoria que le genere derechos de permanencia definitiva o temporal. h) Categoría especial como habitante fronterizo con domicilio fijo en las zonas aledañas a la fronteras, definidas por la Dirección General o mediante acuerdos binacionales de las zonas fronterizas, no debiendo dedicarse a ninguna labor manual o intelectual remunerada, por un periodo de un año prorrogable. DE LOS REQUISITOS
  • Decree 37112, Article 138
    Artículo 138.- La Dirección General mediante la Gestión de Extranjería otorgará la categoría especial, condición restringida, a la persona con vínculo con ciudadano costarricense, con persona extranjera residente permanente o temporal en el país, y en el caso de categorías especiales vínculo con tutor, curador, voluntarios, docentes e investigadores, al tenor del artículo 137 del presente Reglamento, por un periodo de un año prorrogable. La renovación de estos dependientes, quedará sujeta a la renovación del documento de permanencia del titular, el otorgamiento de estas categorías especiales no generarán derechos de permanencia definitiva, su alcance es individual y no constituirán condición para fundamentar el otorgamiento de condición migratoria a terceras personas. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr La persona extranjera deberá aportar los siguientes requisitos: a) Formulario de filiación debidamente completo con letra imprenta legible y firmado. b) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. d) Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. e) Comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, para personas mayores de 12 años. f) Comprobante de inscripción consular. Los requisitos para dicha inscripción serán determinados en el Consulado correspondiente. g) Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada. h) Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera de su país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Para esos efectos deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado. i) Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente de la persona extranjera, la cual deberá certificarse ya sea confrontadas con el original ante funcionario de la plataforma de servicios o sede regional, o mediante Notario Público. j) Certificación emitida por el Registro Civil de Costa Rica de la persona costarricense, donde se demuestre el vínculo, en el caso del cónyuge con residente permanente cuyo matrimonio se haya realizado fuera del territorio nacional, deberá aportarlo debidamente legalizado y autenticado o apostillado, con una fecha de emisión no mayor a dos meses al momento de la presentación de la solicitud de permanencia. k) En el caso de los hermanos mayores de costarricense con discapacidad, deberá aportarse dictamen médico que certifique dicha discapacidad. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr l) En el caso de hermanos solteros mayores de edad hasta 25 años deberá aportarse certificación de soltería debidamente legalizada y autenticada o apostillada. m) En el caso del vínculo con el tutor o curador, la persona extranjera deberá aportar resolución emitida por el juez correspondiente estableciendo dicha representación. Si la resolución es emitida en el extranjero deberá aportarse debidamente legalizada y autenticada o apostillada. n) Los hermanos solteros mayores de edad hasta 25 años de costarricense, los hijos mayores de edad hasta 25 años de residente permanente, padre, madre e hijos mayores de edad hasta 25 años de residente temporal, deberán demostrar su dependencia económica del titular, mediante la presentación de declaración jurada, certificación de contador público autorizado.

What duration, renewal and accelerated or normal longer-term residence pathway is officially stated?

The ordinary special-category grant is one year, renewable annually on institutional certification that the educational or research relationship continues without interruption. Applicable CCSS coverage must continue under the amended general insurance rules. Special status itself creates no permanent-residence entitlement; a lawful category change requires the separate category conditions and payment.

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  • Decree 37112, Article 124
    Artículo 124.- La Dirección General mediante la Gestión de Extranjería otorgará autorización para estudiantes, investigadores, docentes y voluntarios, por un periodo de un año prorrogable; a aquellas personas extranjeras que cumplan con los siguientes requisitos: a) Formulario de filiación debidamente completo con letra imprenta legible y firmado. b) Solicitud de permanencia legal donde se indiquen las calidades del interesado(a), pretensión, domicilio actual y lugar o medio para notificaciones; la cual deberá venir firmada por la persona extranjera en presencia de Funcionario Público o debidamente autenticada por Abogado. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales (¢ 125 + ¢ 2,50 por cada folio) de conformidad con la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público. d) Dos fotografías recientes tamaño pasaporte. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, para personas mayores de 12 años. f) Comprobante de inscripción consular. Los requisitos para dicha inscripción serán determinados en el Consulado correspondiente. g) Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada. h) Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera de su país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Para esos efectos deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado. i) Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente de la persona extranjera, la cual deberá certificarse ya sea confrontadas con el original ante funcionario de la plataforma de servicios o sede regional, o mediante Notario Público. j) En el caso de estudiantes, investigadores y docentes deberán presentar certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el director de la institución, donde se indique que la persona extranjera es estudiante, docente o investigador del centro educativo reconocido. k) En el caso de docentes e investigadores presentar oferta de trabajo en la que se indiquen las funciones, horario, salario a devengar, firmada por la persona empleadora, descripción del proyecto de investigación debidamente autenticada. l) En el caso de los voluntarios deberán presentar certificación emitida por la institución a cargo del programa de voluntariado y firmada por el representante legal, donde se describe detalladamente el proyecto de voluntariado y se indique las labores que realizará la persona extranjera, el plazo de permanencia en el país y el detalle de su financiamiento. m) En el caso de los estudiantes demostrar la solvencia económica mediante certificación emitida por contador público autorizado indicando su procedencia. Si es estudiante becado, debe aportar certificación de la institución que brinda la beca indicando el monto, el plazo y los gastos que comprende.
  • Decree 37112, Article 234
    Artículo 234.- La persona extranjera a la cual se le aprobó la categoría especial como estudiante, docente, investigador o voluntario, así como a los dependientes de estudiante, deberán renovar anualmente esta condición, debiendo aportar: a) Certificación emitida por la institución educativa y firmada por el representante legal o el Director, donde se indique que la persona extranjera sigue siendo estudiante, docente o investigador del centro educativo y no haya sido interrumpida su relación. b) Certificación emitida por la institución a cargo del programa de voluntariado y firmada por el representante legal, donde se indique que la persona extranjera continúa y no ha dejado en ningún momento la labor de voluntariado en el país. c) Comprobante de pago a favor del Gobierno correspondiente al artículo 251 de la Ley. d) Comprobante de pago a favor del Gobierno por treinta dólares (US$30,00) o su equivalente en colones al tipo de cambio de referencia del Banco Central, por la emisión del documento que acredite la permanencia legal, según lo dispuesto en el artículo 253 de la Ley. ______________________________________________________________________________________________ REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr e) Comprobante de pago anual a favor del Gobierno por veinticinco dólares (US$25,00) el cual será destinado al Fondo Social de Migración según lo dispuesto en el artículo 33 inciso 4) de la Ley. f) Comprobante de pago a favor del Gobierno por cinco dólares (US$5,00) el cual será destinado al Fondo Social de Migración, según lo dispuesto en el artículo 33 inciso 4) de la Ley. g) En el caso de docentes e investigadores, comprobante vigente de aplicación a los seguros de la CCSS, demostrando su adscripción ininterrumpida desde el momento de la aprobación de la permanencia legal en el país. h) Pasaporte vigente y en buen estado de la persona extranjera. INVITADOS ESPECIALES DEL ESTADO, SUS INSTITUCIONES Y LOS QUE POR RAZONES DE SEGURIDAD PÚBLICA EL MINISTERIO DE SEGURIDAD ESTIME PERTINENTE ASI COMO DENUNCIANTES O TESTIGOS EN PROCESOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS
  • Decree 42389 Article 2(14), replacement Article 210
    14) El artículo 210 a efectos de que en adelante se lea: “Artículo 210.- La persona extranjera que haya obtenido su permanencia legal bajo cualquier categoría migratoria, deberá permanecer adscrita y/o afiliada a los seguros de la CCSS, según corresponda, de manera ininterrumpida desde el momento en que obtenga su permanencia legal en el país, salvo las excepciones establecidas en el presente Reglamento. Esta situación será verificada por la Gestión de Extranjería de manera previa a la renovación de su condición y emisión del documento de permanencia, a través de los medios electrónicos establecidos por la CCSS.”
  • Law 8764, Article 95
    ARTÍCULO 95.- Las categorías especiales no generarán derechos de permanencia definitiva, salvo las de asilados y apátridas, que se regirán por los instrumentos internacionales suscritos, ratificados y vigentes en Costa Rica.
  • Law 8764, Article 96
    ARTÍCULO 96.- ______________________________________________________________________ LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA Tribunal Supremo de Elecciones Normativa www.tse.go.cr _________________________________________________________________________ Las personas extranjeras admitidas bajo las categorías especiales podrán cambiar de categoría mientras estén en el país, siempre y cuando cumplan los requisitos prefijados por estas. Para ello, deberán cancelar un monto equivalente a doscientos dólares moneda de los Estados Unidos de América (US$200,00). SECCIÓN I PERSONAS TRABAJADORAS TRANSFRONTERIZAS

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