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V Visa - Events

ColombiaShort stays and visits

Explore the five recorded questions, answers and sources for this pathway.

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For the relevant traveller scope, is a visa, electronic authorisation, visa on arrival or no advance visa normally required?

Holders of passports from the separately designated visa-exempt countries or territories do not need the V Events visa where their stay does not exceed 180 calendar days and they receive no salary or wages in Colombia. The special academic-visitor paragraph specifies 180 continuous or discontinuous days within 365 days and no salary in Colombia.

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Limits of the record
  • A complete current nationality/exemption matrix is not established by this route provision; no universal advance-visa requirement is asserted.
  • Resolution 5477/2022, article 41, Alcance:
    Alcance: Para asistir a convenciones y actividades empresariales, culturales o académicas como conferencista, expositor, participante, artista, deportista, jurado, concursante, organizador o personal logístico. No permite trabajar en el territorio colombiano. Los portadores de pasaporte de países o territorios exentos de visa, determinados mediante Resolución, estarán exentos del trámite de este tipo de visa siempre que su permanencia en Colombia no exceda 180 días calendario y no reciba salario o sueldo en el país.
  • Resolution 5477/2022, article 41, PARÁGRAFO:
    PARÁGRAFO: Con el fin de fomentar el intercambio académico y la investigación, los portadores de pasaporte de países o territorios exentos de visa, que visiten Colombia como profesores invitados, conferencistas o investigadores, invitados por instituciones académicas o de investigación, estarán exentos del trámite de este tipo de visa, siempre que su permanencia en Colombia no exceda 180 días continuos o discontinuos en un periodo de 365 días y no reciba salario en el país.

What short-visit purposes does this route cover?

It covers conventions and business, cultural or academic activities as a speaker, exhibitor, participant, artist, athlete, judge, contestant, organiser or logistics worker. Article 41 states that it does not permit work in Colombia.

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  • Resolution 5477/2022, article 41, Alcance:
    Alcance: Para asistir a convenciones y actividades empresariales, culturales o académicas como conferencista, expositor, participante, artista, deportista, jurado, concursante, organizador o personal logístico. No permite trabajar en el territorio colombiano. Los portadores de pasaporte de países o territorios exentos de visa, determinados mediante Resolución, estarán exentos del trámite de este tipo de visa siempre que su permanencia en Colombia no exceda 180 días calendario y no reciba salario o sueldo en el país.

What maximum stay, rolling-period rule, validity and entry rules apply?

Visa validity is up to one year, with multiple entries. Presence is capped at 180 continuous or discontinuous calendar days within each 365-calendar-day period from visa issuance, with no extension of that cap. No beneficiary visa is available.

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What important funds, accommodation, invitation, insurance, onward-travel or passport evidence may be required?

Article 32 legal-entity sponsorship is required for the visa: a representative letter identifying the organisation, visitor, activity, duration and relationship, together with the declared travel/stay financial responsibility and return/irregular-stay reporting commitments. Foreign private sponsors provide incorporation and representation evidence. Entity solvency is demonstrated by three months of bank statements, except for public entities. At visa application, the recognised passport must have at least six months remaining.

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Limits of the record
  • Article 41 does not provide a separate complete operational border checklist or a universal accommodation/insurance requirement for every event visitor.
  • Resolution 5477/2022, article 41, 1.
    1. Los establecidos en el artículo 32 de la presente resolución.
  • Resolution 5477/2022, article 32, 1.
    1. Presentar comunicación motivada suscrita directamente por el representante legal de la persona jurídica actuando en nombre de esta, que contenga claramente la siguiente información:
  • Resolution 5477/2022, article 32, a.
    a. Identificación plena de la persona jurídica señalando el NIT en caso de estar constituida en Colombia y datos de contacto.
  • Resolution 5477/2022, article 32, b.
    b. Identificación completa del extranjero.
  • Resolution 5477/2022, article 32, c.
    c. Carta del representante legal de la persona jurídica que respalda la solicitud en la que se señale la actividad que el extranjero se propone realizar en Colombia, su duración, el tipo de relación o vínculo de la persona jurídica con el extranjero y señalando quién asume la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero en el territorio nacional. En dicha comunicación también se deberán anotar los datos de otros ciudadanos extranjeros a quienes la empresa o persona jurídica haya respaldado. La persona jurídica deberá comprometerse, además, ante el Gobierno nacional a garantizar el regreso del extranjero a su país de origen o a informar si el extranjero permanece irregular en el territorio nacional.
  • Resolution 5477/2022, article 32, e.
    e. Declaración de responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero en Colombia, en la cual además la persona jurídica asuma el compromiso de informar a la Autoridad de Visas e Inmigración inmediatamente ocurra cualquier cambio en las condiciones por las cuales se otorgó la visa. de garantizar el regreso del extranjero a su país de origen y de informar si el extranjero permanece irregular en el territorio nacional. Esta declaración deberá estar firmada a mano alzada y con huella digital del índice derecho o izquierdo, o pulgar derecho o izquierdo: o ante autoridad competente extranjera en cuyo caso deberá ser apostillada o legalizado, según corresponda;
  • Resolution 5477/2022, article 32, 2.
    2. Cuando la persona jurídica que respalda la solicitud sea privada y constituida en el extranjero, se deberá aportar certificado de existencia, incorporación o constitución y representación legal o documento que haga sus veces, con las formalidades previstas para la presentación de los documentos extranjeros enunciadas en esta resolución;
  • Resolution 5477/2022, article 32, 3.
    3. Acreditar solvencia económica de la persona jurídica mediante extractos bancarios correspondientes a los tres (3) meses previos a la solicitud. Cuando se trate de entidad pública no será necesario cumplir con este requisito;
  • Resolution 5477/2022, article 24, 3.
    3. Contar con un pasaporte, documento de viaje o Laissez Passer que, siendo expedido por Autoridad, Organización Internacional o Estado reconocido por el Gobierno de Colombia, tenga una vigencia mínima de seis (6) meses al momento de la solicitud de la visa, se encuentre en buen estado y con hojas libres para estampar la etiqueta de visa, en los casos en que se requiera. Aportar copia de la página principal de dicho pasaporte, documento de viaje o Laissez Passer vigente donde aparecen registrados los datos personales o biográficos del titular;

Where/how is permission obtained when required, and under what important circumstances can a stay be extended or changed?

Apply electronically through the ministry visa form. The electronic visa process does not itself remove the requirement to remain lawfully present while an application is considered. Article 41 makes the authorised-stay ceiling non-extendable. The general article 29 restriction on applying for M or R inside Colombia applies to non-visa-exempt nationals who entered with a V visa.

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Limits of the record
  • No repeat-event visa or change-of-status entitlement is implied; visa-exempt entry-permit procedures are separate.
  • Resolution 5477/2022, article 24, 1.
    1. Diligenciar formulario de solicitud de visa de forma electrónica disponible en la página de internet de la entidad;
  • Resolution 5477/2022, article 103, ARTÍCULO 103.
    ARTÍCULO 103. ALCANCE DE LA VISA ELECTRÓNICA. En consonancia con las políticas públicas en materia de Gobierno Digital y racionalización de trámites, el estudio, trámite y expedición de visa se adelantará en su totalidad de manera virtual. La visa electrónica permitirá a su titular ingresar. permanecer y salir del territorio nacional. Igualmente le permitirá acudir ante la autoridad de control migratorio para solicitar la cédula de extranjería, en los casos que proceda.
  • Resolution 5477/2022, article 97, PARÁGRAFO 2o.
    PARÁGRAFO 2o. Si el extranjero solicitante se encuentra en Colombia, deberá encontrarse en permanencia regular durante todo el tiempo que se prolongue el estudio y emisión de la visa o haya un pronunciamiento.
  • Resolution 5477/2022, article 41, Vigencia:
    Vigencia: Hasta un (1) año. La permanencia en el territorio nacional será de máximo ciento ochenta (180) días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en cada trescientos sesenta y cinco (365) días calendario desde la expedición de la visa.
  • Resolution 5477/2022, article 29, PARÁGRAFO.
    PARÁGRAFO. El extranjero de aquellas nacionalidades no exentas de visa para corta estancia determinadas mediante resolución, que haya ingresado con visa tipo V, no podrá solicitar el cambio de tipo de visa a Migrante o Residente Permanente (R) dentro del territorio nacional.

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